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¿Padres de familia sancionados? / Heriberto Dante Santos Lozano.

Por: Tipo de material: ArtículoArtículo En: El PorvenirResumen: Dice el texto constitucional que la educación básica es obligatoria. Esta obligación según la propia constitución recae en el padre de familia, porque en la fracc. I del artículo 31 de la Constitución se puede leer que dentro de las obligaciones de los mexicanos se encuentra el de hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación básica y que reciban la militar en los términos que establezca la ley.
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Dice el texto constitucional que la educación básica es obligatoria. Esta obligación según la propia constitución recae en el padre de familia, porque en la fracc. I del artículo 31 de la Constitución se puede leer que dentro de las obligaciones de los mexicanos se encuentra el de hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación básica y que reciban la militar en los términos que establezca la ley.

En: El Porvenir. - Año XC, No. 34,269 (7 de septiembre de 2008), Editorial p.4

Para consulta en Hemeroteca de la Biblioteca Universitaria "Raúl Rangel Frías".

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